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I-601 e I-601A Perdón "Provisional" Para Familiares Con Presencia Ilegal En Los EE.UU.
April 6th, 2021

Este artículo apareció originalmente en nuestro boletín de 2016
Algunas familias han escuchado que su pariente no puede ingresar a los Estados Unidos debido a una presencia ilegal previa y necesita un perdón para obtener una tarjeta de residencia familiar. Los perdones son necesarios cuando ocurren dos cosas:
(1) su familiar estuvo presente ilegalmente en los EE. UU. Durante 180 días o más; Y
(2) después de lo anterior, su pariente se fue de los Estados Unidos.
Después de vivir en los EE. UU. Ilegalmente Y luego de salir de los EE. UU., Su familiar tiene prohibido regresar nuevamente por un período de:
- tres años si está presente ilegalmente durante 180-364 días; o
- diez años si está presente ilegalmente durante 365 días o más.
Esto se conoce como el "castigo de 3/10 años".
Si se aprueba, el perdón I-601 otorga al aplicante, el permiso para regresar antes del período de exclusión de 3 o 10 años. Cómo se puede presentar esta solicitud: Todo depende de dónde se encuentre su familiar
Formulario I-601 en el consulado: Para aquellos familiares que ya están fuera de los EE. UU., Deben presentar el perdón I-601 en el consulado de EE. UU. en su país de origen, ya sea durante o después de la entrevista. Al presentar el perdón I-601, su familiar está solicitando el permiso temprano para regresar porque su ausencia está causando dificultades extremas a un cónyuge o padre que es ciudadano de los EE. UU. o residente permanente legal. La presentación del perdón debe contener documentación extensa y prueba de las dificultades extremas. La dificultad no puede basarse en factores comunes que toda familia experimenta como resultado de la separación. Puede tomar hasta un año o más para una decisión sobre el perdón I-601, y su familiar debe permanecer fuera de los Estados Unidos todo ese tiempo. Si se niega el perdón I-601, su familiar no puede regresar a los EE. UU. Hasta que transcurra el período de 3 o 10 años.
Formulario I-601 con ajuste de estatus: Para aquellos familiares que califican para una entrevista para la tarjeta verde dentro de los EE. UU., por medio de un proceso llamado "Ajuste de estatus". Pueden presentar el Formulario I-601 con su solicitud para ajustar el estado, o pueden presentarlo durante su entrevista.
Formulario I-601A Perdón "provisional" dentro de los EE. UU.: Para aquellos familiares que todavía están dentro de los EE. UU. Pero no califican para quedarse y ajustar su estatus, deben salir de los EE. UU. y entrevistarse en su país de origen. En estos casos es cuando generalmente se aplican los castigos de “3/10” años, una vez que su pariente se va para la entrevista después de estar aquí sin autorización. La mayoría de personas no desean irse y esperar fuera de los EE. UU. durante un tiempo prolongado para obtener una decisión sobre el perdón.
Afortunadamente, algunos pueden calificar para el perdón "Provisional" I-601A. Esta es la misma solicitud de perdón pero puede presentarse dentro de los EE. UU. y su familiar que está aplicando puede esperar en los EE. UU. la decisión de esta solicitud. Si se le otorga, su familiar puede salir de los EE. UU. para recoger la tarjeta verde en el país de origen y ser elegible para regresar de inmediato sin tener que esperar una decisión.
Elegibilidad para el Formulario I-601A
El perdón I-601A "Provisional" no está tan ampliamente disponible como la exención I-601 "regular" presentada en un consulado. A continuación, se indica quienes califican:
- Personas que inmigran a través de las siguientes categorías familiares de tarjetas de residencia:
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes.
- Padres de ciudadanos estadounidenses o
- Hijos menores de 21 años (solteros) de ciudadanos estadounidenses.
- Casos "limpios" donde no hay otros problemas de elegibilidad, como otras violaciones de inmigración anteriores o problemas de antecedentes penales.
- Las dificultades sólo pueden basarse en las el sufrimiento extremo para un cónyuge o padre ciudadano o residente permanente de los EE. UU
Usted o su pariente deben consultar con Hill & Piibe sobre la elegibilidad, especialmente si su pariente salió y entró a los EE. UU. varias veces en el pasado. Los casos de perdón "provisional" I-601 e I-601A son compromisos importantes y críticos que deben presentarse de manera completa y convincente. Las citas gratuitas de evaluación de casos de Hill & Piibe pueden informarle si su familiar califica. Más información gratuita en línea.